El Consejo Supremo Electoral (CSE), reitera que tanto el Certificado de Nacimiento, como la Cédula, se otorgan de manera gratuita para los ciudadanos que van a solicitar su documento de identidad, por primera vez.
Certificados de nacimientos
Los trámites para los certificados de nacimiento, están disponibles en las ventanillas del Registro Central del Estado Civil de las Personas o en las ventanillas de los Registros Civiles Municipales; en este último caso en la del municipio donde fue inscrito el nacimiento del solicitante.
En el caso de las personas menores de edad o con alguna discapacidad, deberá presentarse el padre, madre, tutor o representante legal, a cualquier de las instancias antes mencionadas para la tramitación del Certificado de Nacimiento, en todos los casos,
se deberá presentar copia de cédula del padre, madre, hermano, tío o abuelo.
Trámites
Este poder del Estado, a través de la Dirección General de Registro Central del Estado Civil de las Personas; estará dando seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas para la realización de este trámite, en uso de las facultades que le confiere la Ley 331, Ley Electoral.
Así como el Arto. 13, numeral 12; Ley 152, Ley de Identificación Ciudadana, Arto. 47; Ley No. 40, Ley de Municipio, Arto 8.
El CSE; continúa trabajando para garantizar un proceso electoral en Paz, Libre y Transparente; cumpliendo conforme a la Ley, con cada una de las actividades establecidas en el Calendario Electoral.