Con una nueva guía de Aviación Civil de Nicaragua ante el COVID-19, adecuada a los protocolos internacionales, el Aeropuerto Internacional Augusto C. Sandino, la principal terminal aérea de este país centroamericano, está lista para reanudar las operaciones.
Según las normas se dará una orientación a viajeros, que ha sido elaborada por el grupo de trabajo de recuperación de la aviación, CART, de la Organización de Aviación Civil Internacional.
Por su parte los operadores aéreos también han venido divulgando sus medidas de actuación para reanudar los vuelos, con los planes que han sido aceptados por el Instituto de Aeronáutica Civil de Nicaragua.
De manera paralela, la administración de Aeropuertos Internacionales, EAAI, emitió un programa de bioseguridad para el retorno de las operaciones en el contexto de la pandemia, avalado por la autoridad de Aeronáutica.
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Ante todas estas acciones, Nicaragua divulgó a través de un comunicado estar preparada para atender la reanudación de operaciones áreas comerciales.
Al mismo tiempo, las líneas aéreas deberán cumplir las disposiciones técnicas y dar cumplimiento a lo establecido por el sistema público de salud, que incluye medidas con la tripulación y los pasajeros.
El Instituto de Aeronáutica Civil invitó a los operadores que si aún no han presentado el plan para enfrentar el COVID-19 deben de hacerlo para tener la autorización.
También exponen que en el caso de las líneas con vuelos chárter deben de cumplir con certificados de fumigación, lista detallada de pasajeros con copia de sus pasaportes, especificaciones y limitaciones de operaciones, certificado de aeronavegabilidad y matrícula, póliza de seguro, así como el certificado médico, la licencia de tripulación, entre otros.
Estos acuerdos comenzaron a dar efecto desde este 13 de julio.
Resolución de salud
Nicaragua fortalecerá un control epidemiológico de las enfermedades bajo vigilancia internacional, incluyendo las respiratorias, por lo tanto, se van a tomar medidas claves como el resultado negativo de la Prueba de Reacción en Cadena de la Polimerasa, PCR, en tiempo real, en un período no mayor a las 72 horas antes de ingresar al país.
Los viajeros internacionales que presenten fiebre y síntomas respiratorios no podrán ingresar a Nicaragua, por su parte los viajeros nacionales con fiebre o síntomas respiratorios podrán ingresar al país, pero tendrán un resguardo domiciliar, cumpliendo el protocolo establecido.
Así mismo los viajeros con la prueba en negativo y sin ningún síntoma, podrán tener libre movilidad en el país con el seguimiento vía telefónica por el personal de salud.
La dirección general de vigilancia para la salud pública será la designada para aplicar y dar cumplimiento a esta resolución.