La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador dictaminó que no se debe investigar a los altos cargos sospechosos de tener vínculos con el asesinato en 1989 de seis sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras por el Ejército de ese país centroamericano.
Los abogados defensores de los militares recurrieron a la instancia para que no permitiera reabrir el caso por "considerar que es un hecho juzgado, que no son delitos de lesa humanidad y porque la acción penal ya está prescrita".
Se trata del asesinato de los sacerdotes españoles Ignacio Martín-Baró, Ignacio Ellacuría, Segundo Montes, Amando López y Juan Ramón Moreno y el salvadoreño Joaquín López, durante la guerra civil del país. El crimen es considerado uno de los episodios más notorios durante el conflicto.
A un sobreseimiento corrupto de los acusados de matar a los jesuitas, le sucede ahora una confirmación de la validez del acto corrupto del pasado en la Sala de lo Penal. El pasado oscuro de los magistrados Argueta y Bolaños surge de nuevo al confirmar un acto corrupto del pasado
— josé maría tojeira (@ChemaTojeira) October 30, 2020
El pasado 11 de septiembre de 2020, la sección segunda de la Sala de lo Penal de España condenó al excoronel Orlando Inocente Montano a 133 años por la masacre de cinco jesuitas españoles en la residencia de la Universidad Centroamericana (UCA). Asimismo, también lo declaró responsable de los homicidios en contra de las tres víctimas salvadoreñas.
Caso Jesuitas: la Sala de lo Penal revoca la decisión del Juzgado de Paz y la Cámara y declara que el caso en contra de los autores intelectuales NO procede. Esto en respuesta a un recurso que a todas luces era INADMISIBLE e irrespetando sus propios precedentes @ChemaTojeira
— ARNAU BAULENAS (@ABAULENAS) October 30, 2020
Reacciones
Los representantes de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” ofrecieron inmediatamente su reacción en redes sociales. El abogado Arnau Baulenas expresó en su cuenta en Twitter que “esta decisión irrespeta lo resuelto por la Sala de lo Constitucional sobre la Ley de Amnistía”.
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De igual forma, el también representante de las víctimas en las audiencias de la Corte Suprema, precisó que dicho ente judicial respondió "a un recurso que a todas luces era inadmisible e irrespetando sus propios precedentes", informó Telesur.