Crónica TN8 dio cobertura a un caso de violencia contra la mujer el pasado 23 de diciembre del año 2019, en Nicaragua. La víctima, a quien llamaremos «Iveth» recibió varios machetazos de parte de su cónyuge.
En su cabeza, espalda y brazos están marcadas las agresiones sufridas.
«Prefiero verte muerta que en manos de otro me decía, si vos me dejas yo te mato. Un día me cansé y cuando ya le estaba sacando la ropa del cuarto, yo mire que él se metió a la cocina, cuando lo vi con un machete, agarre un asiento para cubrirme porque me iba a dar en la cabeza, cuando él voló el machetazo le pego a las patas del asiento y después yo me andaba cubriendo así con el asiento, donde ya no aguantaba y tenía las manos macheteadas volé el asiento», argumentó
«A veces estiro mis manos, me las miro y digo yo, después de ser una mujer buena, ahora soy una mujer así, a veces reniego de las manos, pero después le doy gracias a Dios porque todavía puedo trabajar, me da pena que la gente me miré, pero ya me hice a vivir así», dijo.
La mujer recuerda que en ese tiempo se recuperaba de un derrame cerebral, y ni eso detuvo al desalmado hombre. «Los médicos me dijeron que iba a quedar impedida de las manos, de que ya no iba a ser igual; que talvez con terapia me iba a recuperar».
El sujeto ejercía violencia económica y psicológica contra Iveth. Este tipo de violencia ocurre cuando el verdugo toma control económico con el que se priva intencionalmente a los hijos para generar sufrimiento psicológico en las madres, rendir cuenta de los gastos, restringir a accesos básicos o sustraer dinero.
Sufría maltrato desde mucho antes
«Yo por estar esperando a recibir lo que él me llevaba, yo aguantaba todo eso, porque decía yo si él se va, quien me va a pagar todo eso, quien va a pagar la casa, quien me va a dar la comida de mis hijos, pero ahora yo trabajo por si sola, trabajo por mi casa, le doy de comer a mis hijos, no estoy esperando que venga un hombre a darme de comer», agregó.
La reforma al artículo 37 de la Constitución Política de Nicaragua y la reforma y adición al Código Penal de Nicaragua, Ley 641, y a la Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres, Ley 779, que incorpora, por primera vez en la historia del Derecho Penal nicaragüense, como pena principal la prisión perpetua revisable, para la persona condenada por delitos graves, cuando concurran circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas, que por su impacto causen conmoción, rechazo, indignación, repugnancia en la comunidad nacional
Datos de la PN señalan que se han esclarecido de forma efectiva casi el 90% de estos crímenes de odio; que en la actualidad se están inaugurando 2 comisarías de la mujer por mes, hasta cubrir los 153 municipios.
Las instituciones relacionadas coordinan trabajos para efectuar acciones dirigidas a reducir o prevenir femicidio; como identificar señales de violencia, las leyes que protegen a las mujeres.
La denuncia se interpone en la comisaría de la mujer más cercana de nuestro distrito, municipio o departamento.
Abocarnos en con la jefa o jefe de sector de la Policía Nacional de su territorio y exponer su caso; no olvidar que debes presentar tu documento de identidad.
Iveth ahora vive para ella y sus hijos, logró salir de la violencia y el laberinto machista.