Una hemorragia cerebral le provocó la muerte a un hombre, le introdujeron un desarmador en el cráneo y por si fuera poco lo golpearon con un tubo.
Hablamos de Ronald Enrique Parrales Reyes, acusado de robar una llave cruz de un taller de mecánica ubicado en el sector del mercado Iván Montenegro; en Villa Bulgaria. Este fue el supuesto detonante que llevó a José Feliciano Mendoza Martínez y Juan Carlos Rayo Marcía a cobrar venganza por sus propias manos.
«Bueno lo que pasó es un altercado, un forcejeo con un tubo entre Feliciano y el occiso. Cuando yo vengo caminando hacia delante observo que Feliciano le metió una estocada en el cuello al otro señor, pero realmente no identifiqué qué fue lo que le metió»
El video es contundente, por tal razón la representante de la fiscalía no dudó en agregarlo como prueba principal. En él se observa a detalle el preciso instante que José Feliciano asestó la fulminante estocada que mando a otro plano de vida a Ronald.
Hombre muere por hemorragia cerebral
Se preguntarán ¿qué tiene que ver Juan Carlos Rayos Marcía en el caso?, pues este fue sentado en el banquillo de los acusados por supuestamente ser quien le facilito el tubo a José Feliciano; pero esta versión descrita en la acusación presentada por el ministerio público cambió rotundamente, luego que el mismo Feliciano asegura frente a todos en la sala no conocer a Juan Carlos Rayos y para sorpresa termina aceptando los hechos.
«Yo a él no lo conozco la verdad no sé quién es, nunca lo había visto; solo ese día de los hechos que yo me acuerdo que tenía ese tuvo en la mano, pero yo se lo arrebaté porque miré a ese sujeto que era peligroso; entonces yo agarré el tubo como de definición y en eso pues el forcejeo. y sí, yo en eso saqué un desarmador pequeño de zapatos y le di la estocada».
Evidentemente, la declaración de José Feliciano fue la guía para que la judicial visualizara otra perspectiva del caso; por tal razón tomó la siguiente decisión.
«Al escuchar esta declaración alguna valoración conjunta y como bien había referido a la defensa del acusado, Juan Carlos Marcia desvanece las tesis del ministerio público respecto a la participación del acusado de cooperar necesariamente en dicha ejecución; ya que según la doctrina para considerarse un cooperador necesario la ayuda debe ser eficaz Importante y necesaria para la ejecución y no quedó aprobado en este juicio»; expresó la judicial.
«Valorando el testimonio del acusado José Feliciano Mendoza, por tal razón declaro al acusado Juan Carlos rayos Marcia no culpable del hecho atribuido relacionado a hacer cooperador necesario en la privación de la vida de quien en vida fuera Roland Enrique Parrales»; finalizó.
Tras el veredicto de la juez décimo de Juicio se vino debate de pena
«La autoridad declarado culpable al señor Feliciano por el delito de homicidio en base al artículo 138 del código procesal penal. Le voy a pedir la pena de 15 años»; solicitó el Ministerio público.
«Yo lo voy a solicitar señora jueza la pena mínima de 10 años de prisión para mi defendido José Feliciano»; intervino la defensa técnica.
Este caso es un claro ejemplo que actuar de forma impulsiva es el peor error que podemos cometer, el rostro de José Feliciano habla por sí solo y sus palabras corroboraron su arrepentimiento.
«Yo tengo una hija de 13 años e incluso le dije a mi mujer que no le diga nada que estoy preso porque me duele esto. Yo quiero que usted sepa que yo no soy malo, yo esto lo hice por un momento de locura pero créame que yo no me drogo, yo no andaba borracho, yo no consumo una sustancia porque yo ando en las cosas de Dios. Acepto mi error y que Dios me perdone, así como también mi familia»; finalizó Feliciano.