Joven muere al caer de la canastera de un bus en Rosita

Foto: Joven muere al caer de la canastera de un bus en Rosita/ TN8

Kedby Maynor López Ríos de 21 años; murió la tarde de este domingo 4 de julio; cuando cayó desde la canastera de un bus de transporte colectivo de cubre la ruta Bonanza-Rosita; en la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte.

Las autoridades de Rosita informaron que el joven murió de forma instantánea tras caerse de la canastera del bus en el sector conocido como Cuesta La Diabla a pocos minutos de Rosita en la vía hacia Bonanza.

Carlos Fernández poblador de Rosita dijo que en esta vía uno de los problemas constantes que se dan es la falta de control; de los reguladores del Ministerio de Transporte e Infraestructura; que están en las terminales de buses, pues salen de las terminales con exceso de pasajeros y los conductores lo que hacen es que al salir de la terminal suben los pasajeros a la canasteras del bus, algo que es prohibido porque pone en riesgo la vida.

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Foto: Joven muere al caer de la canastera de un bus en Rosita/ TN8

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Francisco Mairena poblador de Bonanza aseguró que las rutas que salen de Bonanza hacía Rosita y viceversa; siempre van con exceso de pasajeros, y eso se da siempre sin ningún control; lo que expone a los pasajeros a tener accidentes como el que se dio la tarde de hoy.

Montan a pasajeros en la canastera

Mairena hizo un llamado tanto a los transportistas dueños de buses como conductores; e incluso a los mismos pasajeros a tener mayor conciencia; ya que todos los buses salen con pasajeros en la canastera del bus y eso es prohibido.

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Foto: Joven muere al caer de la canastera de un bus en Rosita/ TN8

En este caso el prestador del servicio de transporte público violentó el artículo 84 de la ley General de Transporte Terrestre en su inciso C; que señala que una falta muy grave se da cuando por acción u omisión negligente por causa del concesionario o prestatario, se cause la muerte, lesiones graves o daños irreparables a los usuarios del servicio. Esta clasificación es a efectos de tomar medidas administrativas, sin perjuicio de las responsabilidades penales que procedan por los delitos cometidos.

Nota elaborada por: José Garth Medina