El pasado veintiocho de mayo, Enoel Antonio Cuadra Lández provocó un accidente de tránsito en el municipio de Villa El Carmen.
Este dejó lesionado de gravedad a un menor de cinco años que se encontraba a bordo de su bicicleta en el patio de su casa, hasta donde se introdujo el vehículo que conducía el acusado. Hoy, finalizada la evacuación de pruebas durante el juicio, llegó el momento de dar los alegatos finales.
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“En juicio quedó demostrado como esta persona tomó la decisión de provocar estos hechos, quizás no lo deseó; pero desde el momento en que se sube a un auto y toma el volante con 2,0 grados de alcohol por litro de sangre, completamente ebrio, ya sabe que cualquier cosa puede pasar en el camino y eso fue lo que sucedió»; relataba en sus alegatos la Dr. Janifa Ulloa, representante del ministerio público.
Luego de esto, continuó «causó este accidente y lamentablemente este niño que estaba en el patio de su casa; sufrió las consecuencias de este accidente”.
Terrible accidente en Villa El Carmen
Por su parte, el abogado defensor aludió en sus alegatos que la responsabilidad no es solo del conductor del carro; sino también de los padres que descuidaron al menor al ingresar a la vivienda y no previeron que este saldría a la calle (pues es en lo que su consideración donde se dio el impacto con el vehículo) y se vería afectado por este suceso.
«Es por eso su señoría que le solicito sea usted quien tome una decisión respecto a este caso que mi representado no quiso ocasionar, y en lo que no solo él es el culpable”; dijo Mario Borge, defensa del acusado.
El judicial, tras haber escuchado a las partes dando a conocer porque debía ser declarado culpable o inocente; deliberó con todas las pruebas recogidas hasta dar un veredicto.
“Habiendo leído y visto detenidamente todas las pruebas, puedo concluir que el acusado Enoel Antonio Cuadra Lández, es culpable por los cargos demostrados en juicio oral y público, siendo estos: lesiones imprudentes gravísimas, exposición y abandono de personas y omisión de prestar auxilio”; sentenció el juez Luden Quiroz, a cargo del Juzgado noveno distrito penal de juicio.
Tras el fallo de culpabilidad por los cargos señalados, se procedió a realizar el debate de pena, donde el ministerio público pidió la pena máxima de 3 años por el cargo de lesiones imprudentes gravísimas, 3 años por exposición y abandono de personas y 1 año por omisión de prestar auxilio.
En cambio, la defensa optó por solicitar la mínima condena de 1 año por lesiones imprudentes gravísimas, 6 meses por exposición y abandono de personas y 100 días multa por el cargo de omisión de prestar auxilio. Ahora el judicial resolverá y dictará sentencia en los próximos días.