En el Juzgado Séptimo Distrito Penal de Audiencia a cargo del juez Alvir Ramos, se realizó la audiencia inicial preparatoria para juicio oral y público a los sujetos Ernesto Antonio Vega González de 28 años de edad, Jesús Cruz Palacios de 32 años y Oscar Ramón Sevilla Palacios. Estos son acusados por el Ministerio Público de ser los autores principales del delito de homicidio en grado tentativa en contra de Milton Enrique Aráuz Velázquez de 24 años de edad.
Los hechos ocurrieron en el barrio Monseñor Lezcano de donde fue el Cine León una cuadra al oeste y 2 al sur en Managua.
Según el representante del Ministerio Público quien presentó al juez la acusación formulada por detectives del Distrito II de la Policía Nacional, los hechos sucedieron el día 8 de diciembre a las afueras de la casa de la víctima a las 9 y 30 minutos de la mañana, cuando éste se encontraba conversando, sentado en la acera de su casa junto a su sobrina de 15 años, Susana del Carmen Aráuz.
Momento en el que pasó el ahora acusado Oscar Ramón Sevilla Palacios, empezando a enamorar a la menor y diciéndole cosas obscenas, cuestión que no le gustó a la víctima quien de inmediato le reclamó dándole un empujón y gritándole que se fuera del lugar, acto que al acusado no le agradó según la denuncia, por lo que sacó un cuchillo con las intenciones de matarlo, asestándole una herida en el glúteo izquierdo y huyendo segundos después. Por lo que aún herido, la víctima le dio persecución llegando hasta la casa donde éste habita a pocas cuadras de distancia de la propia.
Al llegar a la vivienda del autor de las lesiones, salió el yerno de Oscar, Ernesto Antonio Vega González y sin mediar palabras tomó un adoquín y le provocó hematomas en uno de los brazos a la víctima, acto seguido apareció el ahijado de Oscar, Jesús Cruz Palacios, quien junto a su padrino tomó un hacha y le asestaron varios golpes en la cabeza hasta dejarlo semiinconsciente, siendo llevado Milton hasta el hospital de referencia nacional Antonio Lenín Fonseca.
Por su parte el abogado defensor de los tres acusados dijo al juez que tomará en cuenta que sus clientes no representan un peligro ante la sociedad y que son personas que a la hora de los hechos se encontraban en sus respectivas viviendas, por lo que solicitó medidas alternas a la prisión preventiva, cuestión que el judicial no dio lugar, pues se atentó contra el bien jurídico protegido por la Constitución Política de Nicaragua como lo es la vida.
Por tanto se mantiene la prisión preventiva y ordenó fuesen llevados a juicio oral y público, momento en que el Ministerio Público dijo presentaría suficientes pruebas aleatorias para que sean condenados por este grave delito.