El presidente en funciones, Jafeth Cabrera, en consejo de ministros, declaró el Estado de Calamidad Pública en el departamento de Petén, debido a la cantidad de incendios forestales que se registran en ese departamento.
Según el decreto 1-2016, mientras esté vigente el estado de calamidad pública se faculta a la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia de la República para que, por conducto de del Sistema Nacional para la Prevención y Control de Incendios Forestales (SIPECIF), coordine con la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (CONRED), y otras instituciones para definir renglones de responsabilidad para cada una.
El estado de Calamidad faculta a que se coordinen y tomen acciones que se consideren necesarias para atender los daños derivados de los efectos de los incendios forestales en Petén, así como prevenir el riesgo que los mismos produzcan; limita el derecho de libre locomoción y faculta cambiar o mantener la residencia de las personas en los lugares afectados o en riesgo de serlo.
También limita la circulación de vehículos e impide la entrada de personas en las zonas afectadas o en riesgo de serlo; exige a particulares el auxilio y cooperación que se consideren indispensables para el mejor control de la situación en las zonas afectadas.
El decreto faculta el traslado de los pobladores de viviendas que se ubican dentro del área declarada como de alto riesgo, priorizando el traslado de los habitantes que se localicen directamente en las áreas afectadas.
El Estado de Calamidad también ordena a las autoridades civiles y militares que bajo la coordinación de la Conred adopten todas las medidas necesarias con el objeto de proteger y asegurar la vida, la integridad, la seguridad y los bienes de la población de ese lugar.
Según el diario oficial, unos 161 incendios forestales se han registrado en el departamento de Petén, 152 de los cuales se extinguieron gracias a las lluvias, 8 están siendo controlados y 1 sigue activo.
El estado de calamidad pública se declara por un plazo de 30 días a partir de la vigencia de este decreto, que empieza regir desde el día de su publicación.