El proceso penal de la señora Cristiana María Chamorro Barrios ha sido tildado por la prensa internacional, dependiente de los intereses capitalistas; como un juicio político encaminado a derribar las aspiraciones presidenciales de la imputada.
Obvian que desde el inicio las autoridades de Nicaragua han mostrado absoluta transparencia en cuanto a los procedimientos administrativos y penales que indican la comisión de los delitos de:
- Lavado de Dinero, Bienes; Por el presunto uso, administración, captación, depósito, transferencia de bienes o activos provenientes de actividades u origen ilícito.
- Falsedad ideológica y por la presunta falsificación de documentos públicos o privados y declaraciones falsas.
- Gestión abusiva por la presunta adopción de acuerdos y decisiones abusivas en beneficio propio o de terceros que causen perjuicio a la entidad.
El 20 de mayo de 2021 el Ministerio de Gobernación comunicó que, en uso de las funciones de control, regulación y seguimiento a los organismos sin fines de lucro, otorgados por la ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines De Lucro y la Ley 977 Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de destrucción masiva; se citó a Cristiana Chamorro por ser la representante legal de la Fundación “Violeta Barrios de Chamorro para la Reconciliación y la Democracia”.
El motivo era por reportes financieros del período 2015-2019 con inconsistencias graves con indicios de lavado de dinero.
Proceso contra la Fundación Chamorro
Por lo anterior, el Ministerio de Gobernación informa al Ministerio Público para que investigue dichos indicios de lavado de dinero; porque solo el Ministerio Público tiene la facultad de acusar en la vía penal.
El Ministerio Público recibió la denuncia del Ministerio de Gobernación y de inmediato realiza el análisis de la misma, concluyendo que las serias inconsistencias financieras ameritan un proceso investigativo por lavado de dinero.
Posteriormente, el 29 de mayo, la acusada fue puesta a la orden del juez en los juzgados de la capital. El Ministerio Público solicitó la ampliación del plazo de investigación y detención judicial de conformidad con el Código Procesal Penal (Nota de Prensa del Poder Judicial del 29 de mayo de 2021).
Todo es bajo ley
Todo lo que acontece después, el arresto domiciliario, la retención migratoria, la prohibición de concurrir a determinadas reuniones o lugares relacionados con los hechos que se investigan y la inhabilitación para ejercer cargos institucionales y públicos por no estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos obedece al curso normal de un Proceso Penal Investigativo por delitos contra el Estado, en el que proceden medidas precautelares como las mencionadas (Nota de Prensa de Poder Judicial del 02 de Junio de 2021).
Resulta absurdo que los medios de comunicación “independientes” pretendan imponer una narrativa de persecución política de un proceso penal; que en todo momento ha mostrado ser transparente y apegado al debido proceso exigido por la Constitución Política de la República de Nicaragua.
En definitiva, pareciera que se quiere dotar de inmunidad a alguien por el simple hecho de tener aspiraciones políticas coincidentes con las ambiciones norteamericanas. Esto no es permitido por nuestra legislación y seguramente tampoco en la suya.
Nota de opinión por: Marcelo Mairena