Reglamento de la Promoción: Décimo Aniversario Crónica TN8

nicaragua

El Presente Reglamento tiene por objeto normar, regular y establecer los términos, condiciones y disposiciones bajo las cuales se regirá la promoción denominada “Décimo aniversarioCrónica TN8”. TELEVISORA NICARAGÜENSE S.A a quien se denominará organizador, en función de la legalidad y transparencia honrarán el compromiso que aquí adquieren con el/los clientes ganadores que participen y cumplan con el procedimiento de la promoción.

ARTÍCULO 1. BASES DE LA PROMOCIÓN, VIGENCIA Y MECÁNICA DEL CONCURSO.

A)- Participantes.

1. Participan en esta promoción personas naturales, televidentes de TN8 y usuarios de la plataforma TIK TOK a nivel nacional.

2. No podrán participar en esta promoción los padres, madres, hijos, hermanos, primos, hermanos, cónyuge y/o compañero/a de vida, cuñados y suegros tanto del personal laboral, bajo contrato o subcontrato de el organizador (TELEVISORA NICARAGÜENSE S.A). 

3. Los participantes deberán cumplir con las condiciones particulares de cada promoción, la legislación nicaragüense y extranjera aplicables, contar con las autorizaciones y permisos necesarios para participar en la promoción y en caso de resultar ganador, hacer uso del premio.

4. Los participantes reconocerán los derechos de Propiedad Intelectual sobre todo el desarrollo, cediendo todos los derechos de uso de imagen y audio en cualquier forma, para su utilización por todos los medios, incluidas las redes sociales a favor del TELEVISORA NICARAGÜENSE S.A.

B)- Duración y vigencia de la promoción.

1. Duración: 28 días.
2. Fecha de inicio: jueves 6 de agosto de 2020.
3. Fecha final: viernes 04 de septiembre de 2020.

1.Premio.

Descripción del premio/Cantidad

Valor unitario
Número de ganadores
Motocicleta marca Hero
Modelo Karizma  250 CC.
1
$1,850.00

C)- Mecánica de la Promoción.

Los participantes deberán enviar a través de la línea WhatsApp (7832 – 0088) de Crónica TN8 un video en formato Tik Tok, simulando que presentan una nota periodística al estilo de Crónica TN8, el mismo se subirá a la cuenta oficial de TikTok de TN8 en donde el concursante debe ganar la mayor cantidad de likes para convertirse en el ganador.

ARTÍCULO 2. Sobre la selección del ganador 

A)- Selección del ganador.

Resultará ganador el participante con el Tik Tok que obtenga más me gusta y comentarios y cumpla con todos los requisitos descritos en el Artículo número 1. El concurso finalizará el día viernes 04 de septiembre a las 11:50 pm.

B)- Entrega del premio.

1. El ganador podrá retirar el premio (motocicleta) en las instalaciones de TN8 en fecha y hora previamente acordada vía telefónica. 
2. En caso que el ganador sea un menor de edad, el premio será entregado a su padre / madre o tutor(a) o representante legal, presentando su cédula de identidad y partida de nacimiento del menor ganador.
3. El ganador debe retirar su premio dentro del término de 30 días (Del 07 de septiembre hasta 8 de octubre) Una vez transcurrido este término sin que el ganador hubiere retirado su premio, los Organizadores podrán declarar el premio como no aceptado, sin posibilidad de reclamo alguno por parte del ganador. 
4. El organizador se reserva el derecho de reiniciar el proceso de selección y/o declarar desierto el sorteo de dicho premio.
5. TELEVISORA NICARAGÜENSE S.A se reserva el derecho a descalificar concursantes. 

a) Los concursantes no podrán participar en múltiples ocasiones con diferentes cuentas. 
b) Se vigilarán las actividades fraudulentas y se dará lugar a la exclusión o la descalificación del usuario cuando se observen comportamientos que puedan resultar aparentemente abusivos o malintencionados. 
c) Cualquier indicación falsa o indicios de identidad o fraude permitirá al organizar la descalificación inmediata del participante de forma unilateral y sin necesidad de notificación o justificación alguna al participante.

6. El ganador deberá presentarse con cédula de identidad o cédula de residencia, según aplique, como único documento de identificación legalmente aceptable.

Este Reglamento será el único instrumento legal que regula la promoción antes indicada.
Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua el día veinte de agosto del año dos mil veinte. 

LIC. HANDEL HAROLD DOWNS PÉREZ
Abogado y Notario Público
Departamento Legal TN8.