La Asamblea Nacional aprobó una Ley Especial por medio de la cual se permite a los nicaragüenses con cédulas de identidad vencidas, votar en las elecciones municipales del 6 de noviembre.
La Comisión Especial de Carácter Constitucional presentó el informe de consulta y dictamen realizado para la Ley Especial para la Vigencia de las Cédulas de Identidad, vencidas con el fin de ejercer el derecho al voto en las Elecciones Municipales del 6 de noviembre de 2022; cuando los nicaragüenses elegirán a 153 alcaldes, vicealcaldes y miembros de los concejos municipales de todo el país.
«La iniciativa presentada tiene por objeto garantizar a todos los ciudadanos y las ciudadanas, el derecho al sufragio universal, directo, libre y secreto, tal como lo establecen los Artículos 2 y 178 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, para tal efecto propone: 1- Considerar vigente, únicamente el día 6 de noviembre de 2022, las Cédulas de Identidad que estén vencidas a esa fecha, para efecto de ejercer el derecho al voto»; leyó la diputada María Auxiliadora Martínez, presidenta de la Comisión Especial.
Tras los votos de los parlamentarios de las diferentes bancadas parlamentarias, de forma unánime fue aprobada la iniciativa de Ley. Además, reforma el Artículo 184 de la Ley Electoral para permitir la Incorporación y Activación de los y las Ciudadanas Cedulados al Padrón Electoral.
Sobre las cédulas y las elecciones municipales
«El que se leerá así: Artículo 184- En las próximas elecciones municipales que se realizarán en el año 2022 y en las elecciones regionales que se realizarán en el 2024, se permitirá que cualquier persona que, estando en la lista de ciudadanos y ciudadanas cedulados de una Junta Receptora de Votos, y no se encuentre en el Padrón Electoral de la respectiva Junta Receptora de Votos, puede solicitar en esa Junta Receptora de Votos, su inclusión al Padrón Electoral presentando su Cédula de Identidad Ciudadana»; dijo el diputado Wilfredo Navarro, segundo secretario del Parlamento.
«La Junta Receptora de Votos lo registrará de inmediato sin más trámites, permitiéndole al ciudadano o ciudadana ejercer el derecho a votar»; agregó Navarro.
«La lista a que se refiere el párrafo anterior deberá estar visible en cada Centro de Votación y Junta Receptora de Votos y se publicará en la página web del Consejo Supremo Electoral»; puntualizó Navarro Moreira.
De esta forma se garantiza que todos los ciudadanos puedan participar plenamente en los comicios a realizarse el próximo fin de semana. La Ley Especial entra en vigencia una vez publicada en La Gaceta, Diario Oficial.