La Ministra del Trabajo, Alba Luz Torres Briones, informa que, conforme a la Ley 290 y el Código del Trabajo, se declaran asuetos remunerados los días 1 y 10 de agosto en Managua, permitiendo a los trabajadores participar en las festividades de Santo Domingo de Guzmán. Los empleados deberán reincorporarse a sus labores el 2 y 12 de agosto. Se exceptúan las labores que no pueden ser interrumpidas por su naturaleza.
COMUNICADO
La Ministra del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere la Ley 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y la Ley No. 185 “Código del Trabajo” en su artículo 264, inciso d).
CONSIDERANDO
Que el compañero Presidente de la República de Nicaragua, Comandante Daniel Ortega Saavedra es respetuoso de las tradiciones, cultura y religiosidad de nuestro pueblo;
HACE SABER
A tod@s l@s trabajador@s y empleador@s del Municipio de Managua, lo siguiente:
PRIMIERO: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 67 del Código del Trabajo, se declaran ASUETO REMUNERADO LOS DÍAS JUEVES UNO Y SÁBADO DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, para tod@s l@s trabajador@s que laboran en el municipio de Managua para que participen en familia y comunidad en las festividades de Santo Domingo de Guzmán, Santo Patrono de los Managua, debiendo incorporarse a sus labores ordinarias los días viernes dos y lunes doce de agosto del 2024.
SEGUNDO: Se exceptúan aquellas labores que por su naturaleza no pueden ser interrumpidas de conformidad al artículo 69 del Código del Trabajo y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.
Dado en la ciudad de Managua, a los __días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.
Alba Luz Torres Briones
Ministra del Trabajo