Desde la Asamblea Nacional se aprobó el 30 de enero la Iniciativa de Reforma a la Ley No. 909, Ley Creadora de la Cinemateca Nacional; la cual facilitará y agilizará los servicios que esta institución brinda para promover el desarrollo y realización de las producciones audiovisuales que contribuyan a una cultura de paz, valores y respeto.
El diputado José Figueroa, vicepresidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto; indicó que dicha modificación establece de forma clara, precisa y por ley la tasa por los servicios prestados por la Cinemateca Nacional. Reforzando de esta manera la institucionalidad y la seguridad de las personas naturales o jurídicas que utilicen cada uno de los servicios de esta institución.
Destacó que esta iniciativa de ley cumple con las disposiciones constitucionales y leyes sustantivas que regulan los tributos nacionales.
“Por lo tanto, valoramos como positivo que esta iniciativa contribuye a la uniformidad en los marcos jurídicos de las diferentes instituciones del Estado que brindan servicios a la ciudadanía y cobran su correspondiente tasa. Finalmente, los integrantes de esta comisión resaltamos que esta iniciativa de ley es congruente con los esfuerzos que viene realizando el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional en el fortalecimiento del sistema jurídico del país”; señaló el legislador.
Promoción del trabajo de la Cinemateca Nacional
En su artículo 10, la normativa establece que las tarifas por prestación de servicios de la Cinemateca Nacional serán consideradas Renta con Destino Específico y se depositarán en una Cuenta Única del Tesoro; para lo cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público liquidará y transferirá a dicha institución de conformidad con la ley de la materia.
«Las tarifas por prestación de servicios que brinda la Cinemateca Nacional y sus órganos y dependencias serán las siguientes: inscripciones en el registro cinematográfico y audiovisual y emisión de certificado de personas naturales o jurídicas que prestan los siguientes servicios; servicios de producción y realización por primera vez a natural 350 córdobas; jurídicas 600 córdobas; renovación natural 175 córdobas»; leía la Diputada Loria Raquel Dixon, Primera Secretaria Junta Directiva de la Asamblea Nacional.
La reforma refuerza también las atribuciones de la Cinemateca Nacional en el Registro de las actividades cinematográficas y audiovisuales de nuestro país; e indica que las tarifas por los servicios que presta la institución podrán ser actualizadas anualmente mediante resolución administrativa.