Este martes 24 de mayo, en Estudio TN8, se conversó con el presidente de la Asamblea Nacional, Gustavo Porras, acerca del ordenamiento de organismos no gubernamentales y fundaciones en Nicaragua; abarcando las leyes que se han aprobado con el fin de regular estas asociaciones.
Sobre la base de la ley referente al cambio de régimen de personería jurídica, el presidente de la Asamblea Nacional agregó, «Es según la ley específica para 5 organismos sin fines de lucro o 5 instituciones que estaban escritas como asociaciones sin fines de lucro, pero que su actividad, realmente es económica que compite en el mercado; no se trata de suprimir por suprimir, se trata de lograr que todo se ponga en orden de acuerdo a lo que está establecido en las leyes».
Funciones de las ONGs
Así también destacó, que estas agrupaciones tienen un fin de aportar a algo, pero no pueden tener una actividad mercantil, porque de ser así, ya no serían sin fines de lucro, lo cual significaría una competencia desleal en el mercado de los diferentes sectores económicos de Nicaragua, puesto que los organismos sin fines lucrativos tienen exoneraciones y un régimen tributario diferente.
«Creo que se ha hecho mucho temor sin necesidad, porque incluso esta última ley de la que hablamos dice que se trasladaran sin solución de continuidad, es decir, van a tener sus mismas posesiones, mismas propiedades, tienen sus mismos acreedores, además se les da un vacatio legis de 3 meses, es decir, que la ley entra, hace efecto durante 3 meses para que en ese lapso de tiempo, estas 5 entidades pongan al día su actividad», dijo.
Porras precisó, que las acciones que se llevaron a cabo para que no hubiera confusión, se detalla de manera que, aunque se va a cancelar, a diferencia de otras organizaciones que se cancelan por incumplimiento de la ley u otra razón; estas conservaran varios de sus elementos y se les otorgaran 3 meses para que estén en orden con el resto de instituciones que tienen que ver con el nuevo régimen.
Otras leyes en proceso de ejecución a las organizaciones sin fines de lucro en Nicaragua
«Hay otra serie de leyes que hemos venido aprobando, y creo que la más importante es la que regula a las ONGs. Con esta ley se identifica cuál es la institución que rectorea ese aspecto, como es MIGOB; se creó la dirección de registro y consual para organismos sin fines de lucro; ahí en el MIGOB, se establecen las obligaciones y esto ya estaba, pero estaba en otras leyes y diferentes regulaciones», añadió.
De igual importancia, el presidente de la asamblea nacional compartió que hace unos meses se aprobó la ley de agentes extranjeros; donde las ONGs, ya sean fundaciones, asociaciones, etc. Organismos que reciben fondos del exterior, por consiguiente, actúan como agrupaciones extranjeras y están en la obligación de inscribirse como tal.
«Tenemos la ley de regulación, tenemos lo que tiene que ver la referencia con la ley de agentes extranjeros; pero también tenemos la ley específica de los clubs y estamos trabajando lo que tienen que ver con financiera y microfinanciera. Porque hay más de 3 decenas de organismos que se dedican a los aspectos de financiamiento y jurídicamente nacieron como organismos sin fines de lucro; pero en su actividad a todas luces tienen una actividad lucrativa», concluyó.