Prisión perpetua será excepcionalmente aplicada para crímenes de odio

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En enero de 2021 Nicaragua aprobó en una segunda legislatura la reforma al artículo 37 de la constitución política, ante esto diputados de la Asamblea Nacional presentaron una reforma al código penal con el fin de adecuarlo a la reforma constitucional.

La reforma al artículo 37 de la constitución política de la República establece la prisión perpetua revisable para crímenes de odio, sancionando de manera rigurosa a quienes cometan delitos atroces contra los nicaragüenses. 

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En Nicaragua, se mantiene como pena máxima una condena de 30 años, y solo será aplicada en casos excepcionales la prisión perpetua.

“Esto significa que nuestra legislación de forma normal y ordinaria sigue siendo con una pena máxima de 30 años, pero para este tipo de crímenes excepcionalmente se da la prisión perpetua, y ¿porqué revisable?, revisable porque en el mismo código penal se establece de que después de cumplir 30 años, los condenados a prisión perpetua el juez puede revisar la actuación del reo durante esos 30 años y su reintegración a la sociedad”, refirió el diputado Edwin Castro. 

A la par de legislaciones internacionales

Con la aprobación de la reforma al artículo 37, estableciendo la prisión perpetua, Nicaragua se posiciona acorde a las legislaciones internacionales, aprobadas en países como Alemania, Francia, Italia, Bélgica, Holanda, España, Grecia, Dinamarca y Suiza y entre países de América Latina como Argentina, Chile y Colombia.

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Foto: Diputado Edwin Castro / Cortesía

“Incluso el estatuto de Roma prevé la prisión perpetua, entonces con esto no estamos quitando la concepción de nuestro sistema penitenciario, estamos dando respuesta a los más de 3 millones de nicaragüenses, hombres y mujeres que presentaron ante la Asamblea Nacional sus firmas, exigiéndonos que se legislara para la prisión perpetua revisable”, puntualizó Castro.

Los femicidios atroces también van a ser penalizados con prisión perpetua revisable. 

En el código penal ya están tipificados los asesinatos de odio, de trascendencia social y de repudio social, esto con el fin de que los aplicadores de la justicia ahora tengan la claridad de en qué tipo de acciones antijurídicas es que se debe aplicar este tipo de pena. 

“Creemos que con esto además de cumplir a los tiempos actuales estamos cumpliendo al sentimiento de nuestro pueblo que es el dueño de la soberanía y el dueño de la legislación en este país, y en todos los países que nos consideramos democráticos”, concluyó Castro.

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Foto: Diputado Edwin Castro / Cortesía