Nicaragua ya tiene Ley de Prisión Perpetua Revisable para crímenes de odio

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Diputados de la Asamblea Nacional aprueban con 70 votos a favor la Ley de Reforma al artículo 37 de la Constitución Política de la República, que nace de "Que la nación nicaragüense se encuentra preocupada y consternada por el incremento de crímenes crueles, inhumanos, degradantes y de odio, que han causado conmoción, rechazo, indignación y hastío entre los nicaragüenses, que claman por la aplicación de una pena excepcional, para los responsables que cometen dichos crímenes, ya que son fenómenos o acciones extrañas a nuestra cultura"

La reforma surge de la imperiosa necesidad de proponer una reforma parcial a la Constitución Política de la República de Nicaragua ante las acciones delictivas antes señaladas. 

 

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Consiste en modificar el artículo 37 en cuanto a la duración de la pena dado que la propuesta reside en sancionar con una pena rigurosa los crímenes crueles inhumanos, degradantes, de odios en conexidad con la proporcionalidad de los delitos cometidos y robustece el carácter de prevención ante el riesgo de la pena exhaustiva, a quienes atentan contra la vida, la libertad e integridad sexual y la seguridad de las personas, especialmente cuando la víctima pertenece a grupos que se encuentran de vulnerabilidad como niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, mujeres y adultos mayores. 

La Constitución Política establece en el artículo 37 no se impondrá pena o penas que aisladamente o en conjunto duren más de 30 años. En Nicaragua la pena máxima es de 30 años de prisión, por lo que se hace necesario instaurar para estos delitos en forma excepcional la pena de prisión perpetua revisable en los términos establecidos en la reforma a la Ley de la materia, al mantener entre la excepcionalidad a través de la cadena perpetua revisable, lo que conlleva la posibilidad de que el interno condenado posteriormente a su condena de acuerdo a su nivel de educación pueda acceder a una revisión.

Establecer la pena de prisión perpetua revisable implica una garantía al carácter educativo. 

Garantiza el modelo de protección a las familias y comunidades como mecanismo preventivo en el ámbito penal, fortalece la política de persecución penal del Estado de Nicaragua y está en consonancia con los países de América Latina. 

El establecimiento de la pena excepcional no viola los tratados internacionales ratificados por el país. La Procuraduría General de la República de Nicaragua en su calidad de representante legal del Estado apoya en su totalidad la aprobación de esta iniciativa.

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Foto: Aprobación en Asamblea de Ley de Pena de Prisión Perpetua / TN8

Respaldo amplio del pueblo

Por primera vez en la historia legislativa una iniciativa de reforma constitucional ha recibido el respaldo popular como la presente. 

El día 27 de octubre del 2020 recibió la Asamblea Nacional, 3 millones de firmas de la población nicaragüense en respaldo a esta reforma, que establece la pena de prisión perpetua para las personas que cometen crímenes atroces. 

La reforma constitucional es el mecanismo jurídico que permite adaptar la Constitución en el tiempo y seguir reafirmando su vigencia. La reforma se produce cuando existe la necesidad de adecuar el texto constitucional a la realidad social. En tal sentido la presente reforma al artículo 37 de la Constitución Política de Nicaragua encuentra esa necesidad en el clamor popular que demanda la incorporación de una pena excepcional para los responsables de cometer crímenes atroces.  

En concordancia con el derecho penal internacional 

Otros países como Estados Unidos, Puerto Rico, Belice, Colombia, Francia, Alemania, Italia, Irlanda del Norte entre otros tienen regulada la pena excepcional de prisión perpetua. Los estados han decidido incluir penas de este tipo a personas responsables de crímenes crueles y se han convertido en parte de la regulación penal y de la política criminal. 

La Comisión Especial consideró que la reforma no contradice la Constitución Política de la República, ni los instrumentos internacionales. Fortalece la política pública penal frente a estas situaciones y sirve como mecanismo persuasivo ante crímenes de esa naturaleza. La pena excepcional de prisión perpetua revisable se ajusta a la regulación penal establecida en la Constitución Política y está en armonía con los artículos 36 y 39 y con la obligación del Estado de proteger a las víctimas del delito y procurar la reparación de los daños estipulado en el artículo 34. 

"Esta reforma es un mecanismo de garantiza en esta materia para el tratamiento de la pena y la tipificación de los delitos, cumpliendo de esta forma con el principio de legalidad en el ámbito penal", dijo la diputada María Auxiliadora Martínez, Presidenta de la Comisión Especial con Carácter Constitucional. 

Para los que cometen crímenes de odio 

El artículo 37 establece que la pena no trasciende la persona del condenado y que no se impondrán penas que aisladamente o conjuntamente duren más de 30 años. "Es decir la pena máxima en Nicaragua es de 30 años de prisión, por lo que respondiendo a la demanda popular se hace necesaria instaurar para estos delitos de manera excepcional y de manera revisable la pena de prisión perpetua", agregó Martínez. 

De acuerdo al diputado Edwin Castro, Jefe de la Bancada del FSLN, enfatizó que es probablemente la ley más solicitada por la población en la historia legislativa de este país. "3 millones de nicaragüenses vinieron a este hemiciclo a pedir esta reforma. Nosotros como legisladores nos debemos al dueño del poder, que es el pueblo y si ese pueblo nos está solicitando en determinado sentido ya sería suficiente argumento para responderle positivamente ese pueblo". 

Pero además esta reforma viene a poner a Nicaragua en tono con 180 países del mundo y no se pierde el espíritu humanitario de la Constitución y del sistema penitenciario al hablar de prisión perpetua revisable. 

No hay reducción de derechos, pues es un avance sobre el derecho de las víctimas y viene a asegurar esa reparación a las víctimas particulares y a la sociedad en su conjunto, que es la víctima de delitos atroces. 

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Foto: Aprobación en Asamblea de Ley de Pena de Prisión Perpetua / TN8

Promoción de respeto a la vida 

Por su parte el diputado Carlos Emilio López, de la Comisión de la Mujer, dijo que la prisión perpetua es una herramienta legal de protección, prevención y resguardo de la vida.

La prisión perpetua es un mecanismo de protección al derecho humano, a la vida. "Es una reafirmación que estamos por la cultura de la vida. Con la prisión perpetua estamos protegiendo la vida, la dignidad, humanidad, libertad e integridad sexual de mujeres, niñas, niños personas con discapacidad, personas adultas mayores. La prisión perpetua es un escudo gigantesco de protección para nuestros hijos, para nuestras hijas, nietos". 

Se aplicará con carácter de excepcionalidad. No será regla general, los delitos en Nicaragua seguirán siendo sancionados de igual manera, pero ciertos delitos donde concurran circunstancias de odio, crueldad, degradantes, humillantes humanas que por su impacto causan conmoción, rechazo, indignación, repugnancia en el corazón de la nación. En esos casos concretos se aplicará la prisión perpetua llamada en otros países prisión vitalicia. Esta sanción será revisable.

"Nos estamos decidiendo por la prisión perpetua revisable que es el modelo penal más flexible y humano, guardando un equilibrio entre el derecho a una sanción acorde a la gravedad del delito. Esto es justicia para las víctimas y del derecho a la integración social. Esto es justicia para los condenados", dijo López.

Promueve la cultura de paz en Nicaragua 

La Presidenta de la Comisión de Justicia, diputada Irma Dávila, manifestó que el Gobierno de forma responsable ha venido avanzando en la implementación de leyes, políticas, programas y proyectos dirigidos a promover y fortalecer una cultura de paz y de no violencia, una cultura de entendimiento y equidad centrada en todos las y los integrantes de las familias nicaragüenses y que en este momento se hace necesario continuar profundizando y trabajando en el cuido de la vida en todas sus formas, para que las conductas de crímenes de odio desaparezcan.

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Foto: Aprobación en Asamblea de Ley de Pena de Prisión Perpetua / TN8