Aprueban reformas a ley contra Lavado de Activos en Nicaragua

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Aprobada quedó la Ley de Reformas y Adición a la Ley 977, Ley contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, para que los abogados y notarios públicos de Nicaragua apliquen medidas preventivas, con enfoque basado en los riesgos y se designa al Poder Judicial como su supervisor en esta materia.

Pese a los esfuerzos realizados en la actualización del Marco Jurídico del país, se requiere la inclusión de algunas actividades y profesiones no financieras designadas como sujetos obligados a informar a o reportar operaciones sospechosas vinculadas con delitos de lavado de activos.

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Entre esas actividades y profesiones no financieras designadas, se encuentran los abogados y notarios públicos, por cuanto podrían ser utilizados por personas y organizaciones delictivas.

Actualmente estos profesionales no se encuentran contemplados como sujetos obligados en nuestra legislación, por lo que es necesaria su inclusión a partir de una reforma que permita en caso de detectar operaciones inusuales, reportarlas al Poder Judicial, para que haga un análisis y en caso de que sea necesario se reporte las operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero, para fortalecer la estrategia de muro de contención contra la delincuencia organizada.

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Las reformas a esta ley obedecen a la necesidad del Estado de Nicaragua de afrontar con eficiencia la evolución de la delincuencia organizada y tomar en cuenta los modelos aceptados internacionalmente de combate a las amenazas de los sistemas financieros de las naciones y la economía general. 

Las reformas facilitan a las autoridades públicas cumplir sus funciones de protección y seguridad frente a la delincuencia organizada.

Antecedentes de esta Ley: 

El Gobierno durante los últimos años ha venido trabajando en el fortalecimiento y modernización del Marco Jurídico, con el objetivo de proteger la economía nacional y para cumplir con los compromisos internacionales que ha adquirido con las organizaciones creadas para tal fin.

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En 1989 se creó el Grupo de Acción Financiera Internacional, (GAFI), como organismo responsable de establecer los estándares internacionales contra el ocultamiento del dinero procedentes de actividades ilícitas, de promover la implementación efectiva de medidas legales, regulatorias y operativas para combatir dichos delitos, estableciendo los estándares internacionales sobre la lucha contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo, y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva.

A partir de que Nicaragua suscribió el acta de entendimiento entre los gobiernos miembros del GAFI en octubre de 1996, está obligada a cumplir los compromisos y disposiciones acordadas en el marco de dicha organización.