Aprueban Decreto de Interpretación Auténtica de Ley de Concertación Tributaria

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Con trámite de urgencia, se aprobó con 69 votos a favor el Decreto de Interpretación Auténtica del Artículo 61 contenido en el Artículo primero de la Ley N° 987, Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N° 822, Ley de Concertación Tributaria, que establece las nuevas alícuotas del pago mínimo definitivo, siendo estas alícuotas del 3% para grandes contribuyentes, del 2% para los principales contribuyentes y del 1% para los demás contribuyentes. 

"Las nuevas alícuotas del pago mínimo definitivo que se calculan, liquidan y pagan de carácter mensual, esas modificaciones cambian a partir de la entrada en vigencia de la reforma a la Ley de Concertación Tributaria, se argumenta y se enreda porque incluso hay una voluntad manifiesta de enredar las cosas como esto está vinculado al IR y el IR se liquida de manera anual, en base al artículo 5 del Código Tributario, esta medida debe ser aplicada hasta el 2020. El pago mínimo definitivo se calcula, se liquida y se paga mensualmente, nosotros no hemos modificado la base imponible del Impuesto sobre la Renta, el Impuesto sobre la Renta sigue siendo el mismo 30%, lo que hay es una modificación en la modalidad del adelanto denominado pago mínimo definitivo, que antes todos pagaban el 1% mensual y ahora, los que facturan de 160 millones de córdobas para arriba, en vez de adelantar el 1 van adelantar el 3, los que facturan entre 60 millones y 160 millones anuales en vez de adelantar el 1, van adelantar el 2 y el resto de contribuyentes se mantienen en 1%", sostuvo el diputado Wálmaro Gutiérrez, Presidente de la Comisión Económica de la Asamblea Nacional. 

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La ley determina expresamente que las nuevas alícuotas del 3% y 2% son aplicables y de obligatorio cumplimiento por mandato expreso de Ley, a partir de las operaciones del mes de marzo del año 2019, cuya fecha máximo de pago es el 15 de abril del mismo año. 

"Y es allí donde también nosotros justificábamos la progresividad de la reforma, bajo la lógica de hacer pagar más a los que tienen más y no afectar a las grandes mayorías, a las grandes empresas, especialmente a las micro, pequeñas y medianas empresas, las cuales iban a seguir tributando como hasta ahora lo han venido haciendo; sin embargo, estos señores o sea el 1%, (…) tenemos un serio problema de una brecha presupuestaria que hay que cerrar y esa brecha presupuestaria no se cierra en el 2020, se cierra en el 2019, y para eso se hizo esta reforma para coadyuvar a un cierre de brecha presupuestaria que nosotros tenemos en el 2019 como consecuencia de todos los fenómenos de inestabilización política y social a la que fuimos sometidos los nicaragüenses, con los hechos dramáticos que vivió nuestro país recién el año pasado", puntualizó el parlamentario.

La aprobación de este decreto se da por las dudas por parte de grandes y principales contribuyentes relacionadas con la entrada en vigencia de las nuevas alícuotas del pago mínimo definitivo y su efectiva aplicación.

También porque se desprende la lectura que erróneamente algunos contribuyentes pretenden continuar declarando, pagando y liquidando el 1% como anticipo del pago mínimo definitivo. 

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