Aclaran artículo dos de Ley de la Policía

Para no dar lugar a más especulaciones y preservar la libertad de información se introdujo una moción para que el artículo 2 de la nueva Ley de la Policía no siga siendo malinterpretado.

El artículo que fue aprobado por unanimidad por la Bancada Sandinista dice así: «Las personas naturales o jurídicas podrán llevar a cabo actividades de investigación no policial, periodismo investigativo, estudios o encuestas que no vulneren los derechos constitucionales, la intimidad y la privacidad de las personas».

Para el Comisionado General Ramón Grádiz, presente en la sesión, en el Código Penal existen elementos que definen cuándo una investigación es policial.

Erick Ruiz