La Sala Civil II del Tribunal de Apelaciones de Managua, resolvió no ha lugar al recurso de amparo que interpuso Moisés Hassan, miembro del Partido Acción Ciudadana, PAC, en contra del Consejo Supremo Electoral, CSE.
El mes pasado la Sala Constitucional de Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró nulas e ilegales a las dos directivas del Partido Acción Ciudadana (PAC), por haberse elegido ambas en asambleas extraordinarias sin el quórum requerido por sus estatutos internos, una presidida por Hassan y otra liderada por Mario Lionnet Valenti.
En esta ocasión La Sala Civil II (TAM) resolvió que el recurrente no hizo uso de los canales adecuados, es decir, primero debió haber agotado las vías administrativas como contempla la Ley de Amparo, detalló el Presidente de esta sala, el doctor Gerardo Rodríguez.
Rodríguez quien leyó la resolución judicial expresó que hay incertidumbre jurídica porque Hassan no especifica contra quién recurre, si es contra el Presidente del Poder Electoral Roberto Rivas o es contra el Director de Atención a Partidos Políticos, Julio Acuña.
El pasado 26 de julio el señor Moisés Hassan, recurrió por la vía civil en contra de Consejo Supremo Electoral, porque no le otorgaba la certificación como representante de este partido, pero según el magistrado Gerardo Rodríguez, el recurrente no cumplió con los requisitos de amparo.
La Sala Civil II del Tribunal de Apelaciones de Managua está compuesta por los magistrados Vida Benavente Prieto, Perla Arróliga y el doctor Gerardo Rodríguez, quienes mandaron a archivar el caso.