La Corte Suprema de Brasil decidió, por ocho votos a tres, despenalizar el uso individual de la marihuana y determinará las formas para diferenciar a usuarios y traficantes. Teniendo en cuenta, la variabilidad en su uso y consumo.
Aunque, en este país todavía el porte de marihuana continúa como comportamiento ilícito, este permanece prohibido en público; pero las condiciones definidas para los usuarios pasan a tener naturaleza administrativa y no criminal.
Por los votos ya emitidos, decidieron que la medida sobre la cantidad de narcótico para uso personal, debe estar entre 25 y 60 gramos o seis plantas de cannabis hembra.
Los ministros votaron a favor de la despenalización: Gilmar Mendes (ponente), Edson Fachin, Luís Roberto Barroso, Alexandre de Moraes, Antonio Dias Toffoli, Carmen Lucía Antunes y Rosa Weber (ya jubilada).
De esta forma, dejan de valer la posibilidad de registro de reincidencia penal y de cumplimiento de prestación de servicios comunitarios.
De igual manera, el tribunal determinó descongelar el Fondo Nacional Antidrogas, estableciendo que parte de los recursos sean destinados a campañas educativas que esclarezcan a la población sobre el uso y perjuicios del consumo de drogas.
Ya los magistrados, André Mendonça, Kassio Nunes Marques, Cristiano Zanin y Luiz Fux dieron su parecer por el mantenimiento del uso como un ilícito penal.
El juicio gira en torno a un recurso sobre la aplicación del artículo 28 de la Ley de Drogas, que establece sanciones alternativas a la penal para quien siembre, cultive, porte y guarde drogas para la preparación de una pequeña cantidad de producto.
Brasil despenalizó la marihuana
En el proceso específico que originó el análisis de la defensa del condenado, por posesión de drogas; solicita que el porte de marihuana para uso propio deje de ser considerado delito.
Increíblemente, el acusado fue arrestado con tres gramos de marihuana.
Para el defensor público, Leandro de Castro Gomes, afirma que la cantidad de estupefaciente no representa un riesgo para la salud pública; y sólo afectaría a la persona que sobrepasa el consumo estándar.
«La Constitución Federal, dispone que el Estado tiene el deber de reprimir el tráfico y la ley asegura al usuario o dependiente tratamiento legalmente diferenciado del traficante»; argumentó el entonces, procurador general de Sao Paulo, Marcio Elias Rosa.