El Gobierno de Colombia, encabezado por el presidente Gustavo Petro, promulgó este jueves un decreto que deroga la ordenanza 1844 que reglamentaba el procedimiento policial en cuanto a la posesión de droga en espacios públicos, informan medios locales.
El decreto, de 2018, otorgaba a la Policía la facultad de combatir el microtráfico, reglamentando parcialmente el código de la institución policial en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas.
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Con la derogación, los agentes de las fuerzas del orden del país latinoamericano no podrán confiscar estupefacientes a los ciudadanos, siempre y cuando no excedan la cantidad mínima tipificada en la Ley 30 de 1986.
«Lo único que ha hecho el Gobierno es derogar la multa por porte de dosis personal, porque así lo indicaron las cortes. Todo lo demás continúa igual», aclaró el presidente colombiano. «La prohibición de consumo en lugares públicos lo debe establecer cada municipio«, agregó.
«Es necesario no solo asegurar evitar la criminalización de personas consumidoras de drogas a través de medidas correctivas, sino que también es necesario orientar el esfuerzo y la capacidad institucional para contrarrestar y atacar la oferta de sustancias psicoactivas», reza el texto.
El documento —firmado por los ministros del Interior, Luis Fernando Velasco; de Justicia, Néstor Osuna; y de Defensa, Iván Velásquez— hace a su vez hincapié en que hay que combatir las estructuras del crimen organizado dedicadas al microtráfico y narcotráfico como un fenómeno transnacional.