El Congreso de Colombia aprobó en último debate el proyecto de ley de la senadora Ana María Castañeda actividades con caballos.
Promueve la sustitución gradual de los vehículos de tracción animal, como las carretas, carruajes o cualquier elemento, halado por caballos, mulas y otro tipo de animales.
Sin embargo, la medida empezaría a regir dentro de cinco años, pasado ese tiempo, el animal podrá ser objeto de incautación.
Además, la ley ordena realizar un censo en todo el país para establecer cuántas personas dependen de esta actividad.
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El propósito es reducir de forma progresiva esta práctica y ayudar a las personas que viven de actividades relacionadas con la misma, a que sustituyan esta clase de vehículos por otros automotores.
La senadora Castañeda explicó que “este proyecto contempla entregar vehículos que sustituirán.
#PlenariaSenado_Mixta | ✅? | Se APRUEBA por unanimidad el P.L 319 de 2020 Senado, por el cual se establecen medidas para la sustitución de vehículos de tracción animal en el territorio nacional.
? Ponente H.S @AnyMarCas pic.twitter.com/gf5jw34ay8
— Senado de la República ?? (@SenadoGovCo) June 18, 2021
«También pueden ser unidades productivas entregadas a los beneficiarios, producto de la sustitución de este tipo de vehículos de tracción animal”.
Algunas actividades protegidas en Colombia
También dijo que quienes dependen económicamente de este tipo de actividades estarán protegidos.
“Todo está contemplado para que todas las personas que derivan su sustento de este tipo de vehículos queden amparados, tengan la total tranquilidad de que esto es lo que contempla el proyecto y por supuesto que se puedan dar las medidas como la ley lo indica”, manifestó.
Ante un hecho histórico los cocheros de Cartagena decimos ¡PRESENTE!… Mañana le contaremos a los turistas que en Colombia se firmó la PAZ. pic.twitter.com/xxUHQPB6F7
— CocherosCartagena (@CocherosCgena) September 26, 2016
Por último, el proyecto plantea algunas excepciones para los vehículos que están destinados a actividades turísticas.
Actividades agrícolas, pecuarias y deportivas, sobre las cuales no aplicará la prohibición.
Por ejemplo: los famosos ‘cocheros’ en la ciudad de Cartagena podrán seguir funcionando.