El Tribunal Supremo de México ha fallado este miércoles a favor de que se emitan nuevas actas de nacimiento para reflejar los cambios registrales de sexo y los nuevos nombres de los solicitantes.
En un comunicado, la corte ha indicado que la persona que presentó el recurso, que no ha sido identificada, podrá acudir al registro civil del estado de Jalisco a solicitar su nuevo documento -que en México se requiere para muchos trámites oficiales y privados– "y no necesariamente mediante el desahogo de un proceso judicial de rectificación".
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El fallo es un nuevo paso del máximo tribunal del país en temas de igualdad e identidad de género.
En enero, la corte falló a favor de que una persona homosexual cuya pareja falleció pudiera beneficiarse de la pensión de viudedad correspondiente por parte de Instituto Mexicano de los Seguros Sociales (IMSS), después de que esta institución negase en primera instancia su petición.
En otro fallo en abril, la Corte declaró inconstitucional un artículo del código civil del estado de Chihuahua que daba privilegios a los hombres en la administración de los bienes conyugales.
"Toda persona tiene el derecho de definir su propia identidad sexual y de género y corresponde al Estado garantizar esta decisión, misma que se refleja en los distintos registros y, principalmente, en el acta de nacimiento," señala el tribunal.
El eventual cambio del documento, sin embargo, no borra la historia de la persona y los actos realizados bajo su identidad anterior continúan teniendo efecto, aclara la corte en su comunicado.