Autoridades salvadoreñas capturaron a hombre quien fue denunciado por una mujer de compartir material pornográfico en un sitio web.
La Fiscalía informó que el implicado habría difundido el video sexual en un sitio de pornografía luego que la víctima se negara a enviarle fotografías íntimas a cambio de no revelar el material en la web.
La Unidad de Atención Especializada para la Mujer de la Fiscalía General de la República en Zaragoza, El Salvador, ordenó la captura de Miguel Ernesto Campos Callejas, de 20 años de edad, acusado del delito de acoso a través de tecnologías de información y la comunicación y de difusión de pornografía, al publicar un video sexual en un sitio web pornográfico, para chantajear a su víctima.
La captura del degenerado fue ordenada y hecha efectiva por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) este día en la comunidad El Manquito, en el departamento de San Salvador.
Las autoridades competentes durante el procedimiento llevado a cabo por la Unidad de Delitos Informáticos de la Policía Nacional Civil incautaron varias computadores y teléfonos celulares que eran propiedad de Campos Callejas.
Según los informes fiscales, la víctima, de quien se ha reservado su identidad, interpuso la denuncia contra el capturado luego que éste difundiera en un sitio pornográfico un presunto material de contenido sexual que tenía de la víctima.
La mujer ofendida también señaló que Campos Calleja, previo a difundir el video en la web, la había amenazado durante varios días y le exigía que le enviara fotografías íntimas a cambio de no publicar el video en internet.
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Ante la incómoda situación la mujer bloqueó de todas sus cuentas en redes sociales al capturado, situación que aparentemente lo llevó al individuo a publicar el video, presuntamente como venganza.
Según informó en su portal de noticias La Prensa Gráfica que las autoridades policiales entregarán a Campos Callejas a las autoridades correspondientes, asimismo que el detenido será procesado por las violaciones al artículo 27 de la Ley de Delitos Informáticos y por el artículo 51 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia contra las Mujeres.