El Tribunal Supremo de Justicia de Canarias, España, declaró como procedente el despido de un teletrabajador que durante meses realizó una acción que se cataloga como fraude, resulta que el empleado se llamaba durante el día para evitar atender a los clientes.
El hombre registró más de 190 autollamadas a su línea mientras trabajaba desde su casa durante la pandemia del covid-19, en una acción que ocurrió entre marzo y septiembre de 2020, según el medio que consigna la respuesta de la empresa.
«Se estaba ‘autollamando’ para que su estado en la aplicación de la empresa apareciera como ocupado y así no le entraran las llamadas de nuestros clientes”; denunciaba la firma en una acción que reportó un total de 22 horas, 40 minutos y 8 segundos.
Empleado que se llamaba a sí mismo para evitar atender a clientes
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias confirmó el carácter procedente del despido al trabajador, sosteniendo además que su medida perjudicó a sus compañeros por el sobrecargo laboral.
«Mientras su trabajo es atender a los clientes y solucionar incidencias, usted de manera consciente y reiterada ha falseado datos dejando de atender a los clientes; los cuales nos contratan para darles un servicio y por el cual cobramos», detalla la carta que la empresa le pasó al trabajador.
Así actuaba el teletrabajador
El empleado prestaba servicios a una empresa dedicada al soporte informático desde 2019.
En octubre de 2020, el empleado recibió su carta de despido disciplinario por no atender la llamada de los clientes y se le acusaba de utilizar una estrategia fraudulenta.
En dicho documento se describe que el trabajador realizó 190 llamadas a su propio número para evitar las solicitudes de los clientes de la compañía: se autollamaba para que se les redirija a otro empleado.