CIUDAD DE GUATEMALA (AP) — El gobierno de Guatemala ordenó el jueves la reapertura de sus fronteras aérea, terrestre y marítima a partir del 18 de septiembre pero con algunas obligaciones y limitaciones.
Según la reforma de las disposiciones presidenciales vigentes desde el 26 de julio, en las que se declaró al país en calamidad pública por el COVID-19, cada persona que ingrese o salga de Guatemala deberá cumplir con las medidas del Ministerio de Salud y los protocolos sanitarios de las instituciones que realizan los procedimientos migratorios en cada frontera, puerto o aeropuerto.
Restricción de locomoción y confinamiento
El documento publicado por el gobierno también establece restricciones y limitaciones de locomoción y confinamiento en el país.
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La Presidencia de la República publicó este jueves, en el Diario Oficial, cuatro reformas a las disposiciones durante el estado de Calamidad Pública. Corresponden a las restricciones de locomoción y apertura de fronteras. pic.twitter.com/lrXegfTETa— PublinewsGT (@PublinewsGT) September 10, 2020
“Se restringe la locomoción, circulación y tránsito de los habitantes a cualquier lugar de la República de Guatemala en vía terrestre, aérea o marítima (mar, lacustre, fluvial) con relación a cualquier tipo de viaje o traslado de naturaleza recreativa, social o familiar”, dice el documento publicado en el Diario Oficial.
Agrega que “se permitirán vuelos nacionales (locales) e internacionales debidamente autorizados desde o hacia pistas registradas en la Dirección General de Aeronáutica Civil”.
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El documento también establece que quienes incumplan las nuevas medidas serán responsables civil y penalmente de contagios a terceros.
Hasta ahora Guatemala ha reportado 79.622 contagios y 2.897 personas fallecidas, de acuerdo con el Centro de Ciencia e Ingeniería de Sistemas de la Universidad Johns Hopkins. Según el semáforo de control de los 340 municipios del país, más de la mitad mantienen nivel rojo de contagio, el más alto.