En Ecuador, la unión de hecho ha existido siempre. Se trata de las parejas que deciden vivir juntas sin vínculos religiosos ni legales.
En el pasado, enfrentaron diversos problemas, como la necesidad de esperar dos años de convivencia para que la relación fuera reconocida legalmente. Todo beneficio estaba limitado a las parejas heterosexuales.
Sin embargo, la Asamblea Nacional reformó varios artículos del código civil. La unión de hecho sube de categoría y se convierte en estado civil. La reforma también establece que la unión de hecho será entre dos personas y no, como decía antes de forma estricta, entre un hombre y una mujer.
Para Pamela Troya, vocera de un colectivo de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales (LGBTI), las reformas son importantes pero detecta ambigüedades.
Por un lado dice que la normativa elimina el requisito de los dos años de convivencia, pero que al mismo tiempo señala que «en caso de controversia o para efectos probatorios, se requerirán al menos dos años de transcurrida la relación monogámica».
Troya cree que muchas parejas quedarían en la indefensión porque un juez podría desconocer la unión de hecho si solo ha transcurrido un año.
También alude un vacío legal. Advierte que las reformas no dicen qué pasa cuando la unión de hecho se rompe.
La asamblea nacional ha invertido siete años para aprobar las reformas del código civil.
Ahora el presidente Rafael Correa deberá vetarlas o allanarse.