Roma, 4 nov (EFE).- La Cámara de los diputados de Italia aprobó hoy un discutido proyecto de ley para combatir la violencia y la discriminación por motivos relacionados con la homofobia, la transfobia, la misoginia y la discapacidad y que ahora debe continuar su aprobación en el Senado.
El texto, que toma su nombre del ponente – el diputado del Partido Demócrata Alessandro Zan – originalmente contenía medidas de prevención y combate solo por razones relacionadas con el sexo, el género, la orientación sexual y la identidad de género, pero durante la discusión en el aula se incluyó igualmente la protección a la discapacidad.
Durante la votación de hoy, que concluyó con 265 votos a favor y 193 en contra, los partidos de la derecha protestaron enérgicamente al grito de "Libertad" y se taparon la boca al considerar que se trata de una ley "liberticida" que introduce el "delito de opinión sobre cuestiones relacionadas con el sexo y el género".
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La mayoría gubernamental, formada por el Partido Democrático, el Movimiento 5 Estrellas y otros partidos progresistas, votaron en bloque ante una ley "esperada desde hace muchos años" y que se inspira en los principios de igual dignidad social, sancionados por la Constitución para combatir los delitos de odio.
Uno de los puntos más criticados por la oposición es la institución, el 17 de mayo, de la Fiesta Nacional contra la homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia, con ceremonias e iniciativas también en escuelas de todos los niveles, incluida la primaria.
Acciones de la nueva ley
La ley también incluye la elaboración de estadísticas sobre discriminación de género que el Instituto de Estadística, previa consulta al Observatorio de seguridad contra actos discriminatorios (Oscad), deberá realizar al menos cada tres años.
Incluye además que se organicen centros antidiscriminación para apoyar a las víctimas de la violencia homotransfóbica, con la asignación de 4 millones al Fondo para políticas de derechos e igualdad de oportunidades.
El artículo 2 modifica el Código Penal integrando la circunstancia agravante de discriminación con motivos de sexo, género, orientación sexual o identidad de género o discapacidad.