Presentan en Nicaragua dictamen de Reforma a Ley de Concertación Tributaria

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En la sesión de este martes se presentó el dictamen de la reforma a la Ley de Concertación Tributaria que fue presentada al plenario de la Asamblea Nacional de Nicaragua el pasado 28 de enero.

La reforma cubre brecha presupuestaria y garantiza estabilidad económica. 

"La importancia de su aprobación y se emite las consideraciones, oportuno y necesario, que la función del Estado en la economía es lograr el desarrollo humano sostenible en el país y distribución más justa de las riquezas, cuyos resultados se constatan en los indicadores de la pobreza y pobreza extrema. En el 2006 la pobreza bajó del 48.3% al 24.9% en el 2016 y del 17.2% al 6.9% de pobreza extrema. Nos enorgullecernos cada vez que mencionamos estas cifras. (…) La iniciativa de Ley procura sistema justo, equitativo y progresivo", precisó el diputado Wálmaro Gutiérrez, Presidente de la Comisión Económica.

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La Comisión Económica señaló que esta reforma no se debió haber presentado de no haber ocurrido las acciones desestabilizadores que se iniciaron en abril de 2018. 

Ejes centrales de la Concertación Tributaria 

1.    Mayor recaudación, más financiamiento sostenido de los programas y proyectos sociales, que se destinan a los subsidios y servicios claves como salud, educación, infraestructura, entre otros. 

2.    Garantiza la solidez financiera del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y sus programas. 

"Esta reforma es para la progresidad de los impuestos directos, y lo que pretende recaudar esta reforma fiscal será dirigido a fortalecer las finanzas del INSS y las pensiones", refirió Gutiérrez. 

3.    No se afecta con IVA los bienes de consumo popular contenidos en la Canasta Básica, para garantizar la seguridad y soberanía alimentaria nicaragüense. Se mantiene libre de todo gravamen la carne de res en los diferentes cortes y despojos, incluso la carne molida corriente, a excepción de los filetes, lomos, costillas, entre otros cortes especiales. En el cerdo en diferentes cortes y despojos permanecen exentos, excepto el filete, lomos, chuletas, costillas y tocino y la carne de pollo entero, excepto la pechuga con ala y sin alas. 

4.    Se garantiza las exoneraciones al sector agropecuario sujeto a listas taxativas, que se revisarán en consultas con los sectores involucrados. 

"Todos los productos del sector agropecuario que se necesitan para impulsar este sector quedan exonerados del IVA", precisó el funcionario. 

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Otras modificaciones con aportes de las consultas 

Se reconoce valioso aporte económico de los cooperativistas. Por eso, se incrementa el techo a la exención del Pago del Impuesto sobre la Renta y Pago Mínimo Definitivo a las cooperativas del país, pasando del techo exento de 40 millones de córdobas a 60 millones de córdobas de ingresos brutos, que garantiza la liquidez de sector cooperativo. Con esta medida las cooperativas continuarán con mayor flujo efectivo que les permita invertir para que hayan más alimentos baratos en la mesa de los nicaragüenses.

Se fortalece el mecanismo para garantizar que el 1,5% de reintegro tributario del valor FOB a las exportaciones continúe vigente, con una salvedad, que ese beneficio tributario realmente llegue al productor o fabricante de los bienes exportados y se impone una responsabilidad al retenedor del 1,5% para que demuestre a la DGI que efectivamente se trasladó el beneficio, y si no se demuestra se convierte en deuda tributaria hacia el retenedor.

Se respalda propuesta del Pago Mínimo Definitivo para el sector pesquero, que tributará del 1% de sus ingresos brutos al 2%.

Se acogió propuesta de supermercados, al mantenerse su contribución bajo márgenes de comercialización o comisión, pasando del 1% al 3%. Con la medida se protege a los consumidores para evitar incremento en precios de los productos. 

En las exenciones y exoneraciones del IVA, se incorpora el arroz, el azúcar sulfitada, el pan dulce artesanal y levadura para procesamiento y producción del bien de consumo. 

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En el caso del impuesto a los casinos para las mesas de juegos se estipula la gradualidad en el impuesto, en este año pasarán de 400 dólares por mesa a 450 dólares, y de 450 dólares a 500 dólares en el 2020 para adelante.

En caso de máquinas de juego pagarán un impuesto de 40 dólares sin distinción de la cantidad de las máquinas por sala. 

También se mantiene exento la producción nacional e importación del producto helado, para proteger precio de la leche y evitar cualquier incremento del producto en los mercados. 

Se establece una gradualidad en la cuota para las bebidas gaseadas o energizantes, pasan a tributar del 9% al 12% en el 2019 y al 15% en el 2020. 

Se elimina de la iniciativa y en el dictamen, la disposición con los títulos de deudas del Pago Mínimo Definitivo por no ser de carácter tributario. 

Con la reforma, la alícuota del Pago Mínimo Definitivo ya no es general del 1% sobre los ingresos brutos, ahora son tres: 1%, 2% y 3%. Con una base de 135 mil contribuyentes, de estos, 450 son grandes contribuyentes aportando el 3% (con ingresos brutos anuales arriba de los 160 millones de córdobas); luego los 600 principales contribuyentes (60 millones de córdobas hasta 160 millones de córdobas) que aportarán un 2% y el resto de contribuyentes (menores a los 60 millones de córdobas) el 1%. 

"Con esta medida, se hace justicia tributaria porque el 99.2% de los contribuyentes de los micro, pequeñas y medianas empresas no se le sube ni un solo centavo del Pago Mínimo Definitivo", añadió. 

También se dispone de la adopción del sexto método para la aplicación de precios de transferencia, que significa evitar que empresas manipulen sus estados financieros, incrementen sus costos, reduzcan gastos, reduzcan la base imponible, para pagar una renta neta grabable en cero o negativa. 

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