Sanciones y agresiones externas inaplicables en Nicaragua, según nueva iniciativa de ley

Foto: Asamblea Nacional de Nicaragua / TN8
Foto: Asamblea Nacional de Nicaragua / TN8

Ante la Asamblea Nacional de Nicaragua se remitió la Iniciativa de Ley de Protección de los Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones Externas.

Dicha ley contiene un marco normativo que protege a los nicaragüenses y sus instituciones ante sanciones y agresiones externas realizadas por Estados o grupos de Estados, gobiernos u organismos extranjeros que atenten contra la soberanía; la seguridad, los planes de desarrollo de Nicaragua y perjudiquen las finanzas y el libre comercio interior y exterior.

Es decir, que ante la implementación de sanciones en contra de instituciones, autoridades, funcionarios, empleados públicos, ciudadanos, empresas privadas y públicas nicaragüenses, que afecten o pongan en riesgo sus finanzas y libertad de comercio; el Estado de Nicaragua tendrá el deber de tomar las acciones jurídicas necesarias para la protección y defensa de su soberanía, independencia, seguridad y paz.

Foto: Asamblea Nacional de Nicaragua / TN8
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Nuevos lineamientos sobre sanciones a Nicaragua

– En Nicaragua se declaran nulas y sin efecto jurídico alguno las sanciones impuestas por Estados, grupos de Estados, gobiernos u organismos extranjeros que violen el derecho internacional. Estas sanciones carecen de validez y aplicabilidad en todo el territorio nacional, independientemente de su naturaleza o alcance.

 

– Ninguna entidad o persona, bajo argumento de sanciones, podrá negar o suspender la provisión de bienes y servicios privados y públicos, sean estos comerciales o financieros, a las personas naturales y jurídicas; entidades privadas e instituciones del Estado.

– Tampoco le serán aplicables las sanciones a las adquisiciones necesarias para salvaguardar la integridad, seguridad y defensa nacional.

Además, las instituciones del Estado de Nicaragua, autoridades, funcionarios y empleados públicos, ciudadanos y entidades privadas, en el caso de ser afectados por la aplicación arbitraria de sanciones; podrán solicitar la restitución del servicio prestado y el resarcimiento de los daños, si procede, de conformidad con lo establecido en la Ley No. 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias.