La Corte Suprema de Justicia de Nicaragua anunció que la Sala Penal Uno del Tribunal de Apelaciones en Managua ha decidido revocar la nacionalidad nicaragüense de 135 individuos.
Esta medida se basa en la Constitución, el Código Penal y las Leyes #1055 y #1145, debido a que los condenados participaron en actividades que amenazaron la soberanía, independencia y autodeterminación del país, promoviendo violencia, terrorismo y desestabilización económica.
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Corte Suprema de Justicia.
NOTA DE PRENSA
La Corte Suprema de Justicia, informa al Pueblo Nicaragüense, que la Sala Penal Uno del Tribunal de Apelaciones, Circunscripción Managua; con base en la Constitución Política, Código Penal y Leyes #1055 (Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz) y #1145 (Ley Especial que regula la pérdida de la Nacionalidad Nicaragüense), emitió resolución judicial ordenando la perdida de la nacionalidad nicaragüense a 135 personas, condenadas por hechos delictivos que atentaron contra la Soberanía, Independencia y Autodeterminación del Pueblo Nicaragüense, incitando y promoviendo la violencia, el odio, terrorismo y desestabilización económica, alterando la Paz, Seguridad y el Orden Constitucional.
En ese orden, la resolución de mérito dispuso el decomiso de todos los bienes de los condenados, a fin de responder por los severos daños materiales e inmateriales que las actividades delictivas de estos, ocasionaron a la Población y al País; con lo cual, se hace Justicia Efectiva, a las víctimas de estos delitos.
De esta manera, la Sala Penal confirma el compromiso y deber jurídico constitucional, de “exigir responsabilidades a los autores, organizadores, financiadores y patrocinadores de estos reprobables actos delictivos contra nuestra Población” y en ese sentido, la decisión de mérito constituye un paso más, en dirección al legado de Paz, Solidaridad, Dignidad, Justicia, Verdad y Convivencia pacífica, que demanda nuestro Pueblo.
Managua, nueve de septiembre de 2024.