Reconocen los tres puntos al Ferreti

La Federación Nicaragüense de Futbol (FENIFUT) dio a conocer la resolución sobre el caso del Walter Ferreti, que no le reconocían los tres puntos de la Jornada 3.

A continuación todos los detalles:

1. Que la Secretaría General de FENIFUT conoció de una protesta del día 08 de febrero del 2015 por el equipo Diriangén FC, un día después del encuentro que Walter Ferreti ganó 1-0 por autogol de Brandon Mena al ´70, correspondiente a la tercera jornada del Torneo de Clausura del Campeonato Nacional de Primera División 2014-2015.

2. Que tras el análisis de la protesta presentada en tiempo y forma, la Comisión Disciplinaria de FENIFUT ha resuelto: NO HA LUGAR, ya que de la lectura de los hechos vertidos y el análisis de la prueba aportada, se deduce que hace protesta escrita sobre decisiones arbitrales, las cuales de acuerdo a las Reglas FIFA, Código Disciplinario de FENIFUT y Bases de Competencia son inapelables. Por lo tanto, el CD Walter Ferreti
se queda con los tres puntos, debiéndose leer la tabla de posiciones del Torneo de Clausura así:

3. Que al árbitro del partido, JULIO ARBIZU, se le aplica el Artículo 46 incisos 1 y 12 de las Bases de Competencia, se suspende por tres meses de toda actividad, más multa de C$450.00 por no cumplir cabalmente con la aplicación del espíritu de las Reglas del Juego de la Internacional Board.

4. Que la Secretaría General de FENIFUT y la Comisión respectiva respetó en todo momento el procedimiento –y los tiempos del mismo- establecido en el Código Disciplinario y las Bases de Competencia.

5. Que antes del inicio del Torneo de Clausura, el Presidente y Secretario General de FENIFUT accedieron a las peticiones de los equipos de conocer, considerar y respetar lo establecido en las Bases de Competencia y Código Disciplinario del Torneo, documentos que algunos equipos no conocían, y que una semana antes del torneo le fueron entregados a los representantes.

6. Que en aras de contribuir con el mejoramiento del juego, de la misma reunión se acordó la recepción de solicitudes de revisión de las actuaciones arbitrales, sin que esto se considere una necesariamente una
protesta.

FENIFUT