El drama de recién nacidos asesinados, arrojados en letrinas, basureros o niños abandonados al nacer en su gran mayoría producto de embarazos no deseados en adolescentes y mujeres jóvenes motivó a un proyecto de ley que regula la protección de los niños víctimas de abandono.
La idea es que no se considere como un acto de abandono y por lo tanto, no sea investigada o perseguida por el Ministerio Público, la madre que entregue a su hijo a los tres días de nacido.
En Panamá se produce en promedio tres abortos por día. La diputada Ana Matilde Gómez dijo que la iniciativa busca la protección de los recién nacidos víctimas de abandono.
Salvar vidas así resumió Gómez, el objeto de la iniciativa legislativa denominada Que regula la protección de los recién nacidos víctimas del abandono y adiciona un artículo al Código Penal, que ya fue prohijada en la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia de la Asamblea Nacional.
Cifras de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf), revelan que al mes un promedio de uno a dos recién nacidos son abandonados por sus madres en las maternidades de los hospitales. Sus progenitoras, por lo general, son mujeres jóvenes y hay un porcentaje de adolescentes.
La Encuesta Nacional de Salud Sexual y Reproductiva en Panamá el (ENNASER) indica que en el 2009 se efectuaron 1,018 abortos provocados a mujeres con edades comprendidas entre los 19 y 24 años de edad.
SENNIAF reveló que en las escuelas de Panamá hay en la actualidad más de 5,400 adolescentes embarazadas.
Como una forma de combatir el aborto y el infanticidio, el proyecto adiciona al Código Penal vigente, el artículo 148-A que a la letra señala: Cuando una madre que por primera vez entregue a un recién nacido a un Centro Receptor dentro de los primeros tres días de vida certificados por un pediatra idóneo o a falta de éste, por un médico idóneo, queda exenta de la responsabilidad penal.
La iniciativa de Gómez plantea la creación de instancias como el Sistema de Protección al Recién Nacido Víctima del Abandono (SISPRENVA), como parte de la Senniaf, los Centros receptores y los Familias Acogentes, que serán los mecanismos de protección al recién nacido.
Los Centro Receptores serán los hospitales públicos y privados, centros médicos públicos y privados y estaciones de bomberos, quienes tienen la obligación de recibir al recién nacido al que la madre vaya a entregarlo y deberán estar dotados de personal idóneo a tiempo completo, para recibirlos.
El proyecto destaca que la madre que hace entrega del recién nacido, renuncia expresamente a la patria potestad (conjunto de deberes y derechos que tienen los padres sobre sus hijos), pero tiene el derecho absoluto a que la información relativa a su identidad sea estrictamente confidencial, por lo que no podrá ser investigada ni perseguida por el Ministerio Público, excepto que se compruebe que hubo maltrato al recen nacido o que ha incurrido más de una vez en la entrega de un hijo.
La madre que hace entrega del recién nacido recibirá apoyo psicológico y seguimiento de un trabajador social bajo la responsabilidad del SISPRENVA por un período no menor de un año, con el fin de establecer e identificar las situaciones de riesgo social, recibir apoyo psicológico y orientación sobre educación sexual integral.
Otra novedad que trae el proyecto es que cuando el recién nacido se encuentre bajo custodia del SISPRENVA será entregado a una familia acogente de manera expedita, lo que será a autorizado por un juez competente en el término máximo de 48 horas.
Empero, existe la posibilidad de que la madre o padre recupere la patria potestad del niño que este en un hogar acogente, siempre y cuando no exista una sentencia en firme que declare la pérdida definitiva de la misma y que la sentencia, todavía sea susceptible del recurso de apelación.
El proyecto encuentra su origen en la ley Safe Haven for Newborns del Estado de Florida.