Guatemala, 26 sep (ACAN-EFE).- La Fiscalía de Guatemala confirmó hoy que el soldado desertor del Ejército Guilber Josué Barrios Castellanos fue capturado en Veracruz, México, acusado de violar a una estudiante en marzo del 2016.
El detenido, que tenía una orden de aprehensión por el delito de violación con agravación de la pena, fue localizado "por su situación migratoria irregular" y ahora las autoridades mexicanas "procederán a su expulsión hacia Guatemala".
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"Se espera que mañana", miércoles, México entregue a las autoridades guatemaltecas al joven, dijo el Ministerio Público (MP) sin dar más detalles.
El caso se conoció la madrugada del 2 de marzo de 2016, cuando una estudiante de 14 años del Instituto Adolfo V. Hall de Retalhuleu fue llevada a un centro asistencial tras sufrir una violación sexual en las instalaciones del centro educativo, donde supuestamente fue drogada.
Desde entonces, el único supuesto responsable de este hecho, que desertó del Ejército tras producirse la agresión, estaba prófugo, aunque las autoridades habían realizado varios allanamientos para localizarlo.
Según los medios locales, el joven, de 21 años, llevaba ocho meses trabajando para las fuerzas armadas y es originario de Retalhuleu, lugar donde se encuentra el instituto.
Desde su ingreso al Ejército fue asignado a ese centro educativo militar, donde estaba encargado de la seguridad en la garita y de las tareas de limpieza.
En contexto
Organizaciones no gubernamentales lanzaron hoy una campaña para que en Costa Rica se garantice el acceso al aborto terapéutico, procedimiento que es legal, pero que muchas veces no se practica por desconocimiento.
La campaña "#SaludyVida121" incluye un corto de video con participación de personal médico y otro en el que se hace un llamado en favor de los derechos de las mujeres.
La ONG Acceder explicó que el aborto terapéutico es legal en el país, pero los médicos muchas veces no lo practican debido a desconocimiento, temor o prejuicios.
El artículo 121 del Código Penal costarricense señala que "no es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios".